RC Profesional

Tu profesionalidad, bien cubierta.

¿EN QUÉ CONSISTE DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL?

El seguro de responsabilidad civil profesional ofrece protección a profesionales de la sanidad, la enseñanza, la ingeniería, etc. protegiendo su patrimonio en caso de daño material o personal directo, así como sus perjuicios económicos, causado a un tercero en el desarrollo de la actividad.

VENTAJAS DE ESTE SEGURO:

    • Coberturas flexibles según la actividad.
      • El seguro de responsabilidad civil profesional está diseñada para garantizar la protección a los
        profesionales de cinco áreas: sanidad, veterinaria, enseñanza, ingenierías y asesoramiento, mediación o representación. 
    • Todas las coberturas que necesitas, en un único seguro.
      • incluye todas las coberturas que necesitas en un único seguro para que puedas desarrollar tu actividad con la tranquilidad de saber que siempre estarás protegido.
    • Protección completa.
      • Benefíciate de todos los servicios que ofrece el seguro: defensa penal, reclamación de daños y teléfono de asistencia las 24 horas.
    • Flexibilidad en el pago.
      • Podrás fraccionar el pago de la prima en varios plazos (semestral, trimestral, etc.). Además, revaloriza anualmente el capital para que tus coberturas sean siempre efectivas.

COBERTURAS DE ESTA SEGURO:

    • Coberturas principales.
      • La Contratante del seguro de responsabilidad civil profesional, tendrás cubiertos los daños personales y los perjuicios económicos causados involuntariamente a terceros con motivo de tu actividad profesional o durante el desarrollo de ésta. 
    • Coberturas complementarias.
      • Daños a expedientes: perjuicios materiales que puedan sufrir los expedientes y documentos que se encuentren en poder de ti.
      • Locales arrendados: daños a inmuebles arrendados como consecuencia de los riesgos de incendio y de los definidos habitualmente como complementarios.
      • Bienes de empleados: daños causados a aquellos bienes que sean de propiedad de tu personal asalariado.
      • Sanciones por el incumplimiento de la LOPD: se garantiza el pago de las cantidades que estés legalmente obligado a pagar en caso de sanción impuesta por la Agencia de Protección de Datos por infracción de la LOPD.
      • Trabajos en países de la Unión Europea: posibilidad de ampliar la cobertura de responsabilidad civil profesional en tu actividad desarrollada en países de la Unión Europea. 
      • Responsabilidad civil de explotación: daños materiales y personales y sus perjuicios económicos causados a terceros derivados de la titularidad de los locales y despachos destinados a su actividad profesional.
      • Responsabilidad civil patronal: reclamaciones que puedan dirigirte tus trabajadores o los derechohabientes de éstos por los daños y perjuicios derivados de accidentes de trabajo. 
      • Defensa penal y reclamación de daños: defensa
        penal, reclamación de daños, derechos relativos al local, contrato de servicios, contratos sobre cosas muebles, etc. La gama más amplia de coberturas relativas a defensa jurídica y reclamación.
      • Reclamación de honorarios profesionales: Demanda amistosa o judicial de aquellos honorarios generados en el ejercicio de tu actividad profesional y que hayan sido impagados. o Renta por inhabilitación profesional: Pago de un subsidio mensual compensatorio de los ingresos netos no recibidos durante el período en que estés inhabilitado profesionalmente. 
    • Coberturas en% sobre capital.
      • Profesional: 100%
      • Daños a expedientes: 10%
      • Locales arrendados: 100%
      • Bienes de empleados: 10%
      • Sanciones por el incumplimiento de la LOPD: Límite propio 
      • Trabajos en países de la UE: 100%
      • Explotación: 100%
      • Patronal: 100%
      • Defensa penal y reclamación de daños: Incluye defensa penal, reclamación de daños, derechos relativos al local, contratos de servicios, contratos sobre cosas muebles, contratos laborales y servicio telefónico de consultas.
      • El límite máximo de indemnización para cada garantía es el que resulte de aplicar el porcentaje que se indica sobre el capital asegurado. Deberá tenerse en cuenta que el límite máximo de indemnización para la suma de todas las garantías será el capital asegurado.

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